Exteriores revisa a sólo 100.000 euros el capital mínimo para la asistencia sanitaria del seguro colectivo para cooperantes
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BDS Sección Noticias del sector
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25/06/2007
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El Ministerio de Exteriores ha revisado el capital mínimo para la asistencia sanitaria del seguro colectivo de los cooperantes españoles en el extranjero, que queda fijado en 100.000 euros, según consta en la Orden Ministerial 1817/2007, de 15 de junio. Esta Orden modifica la Orden 163/2007, de 25 de enero, por la que se desarrolla el Real Decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los cooperantes. El texto inicial establecía un capital mínimo de 1 millón de euros. Se dan a conocer las razones que justifican esta modificación.