Sólo uno de los tres seguros que ha aprobado la nueva Ley de Edificación es obligatorio, el seguro decenal, los otros dos seguros no entran en vigor de momento y quedan pendientes de un futuro reglamento. El seguro decenal sólo cubre los daños estructurales que compromentan la estabilidad del inmueble, lo otros defectos con los que se encuentre el comprador deberán ser objeto de demanda. Incluye cuadro con los seguros de la edificación y sus características.