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El Consejo de Ministros aprueba un `Programa de Actuaciones para el Buen Gobierno`

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
BDS    Sección   Noticias del sector
Fecha
21/02/2005
Página inicial-final
1-2       Págs. Totales 2
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El Consejo de Ministros de 18 de febrero aprobó el `Programa de Actuaciones para el Buen Gobierno`, en el que se recogen los principios éticos que regirán la actuación de los altos cargos de la Administración, e incluye la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de regulación de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado. Además, se ha dado luz verde a un `Acuerdo sobre el Código del Buen Gobierno`. Entre las medidas que incluye el Proyecto se encuentra la comparecencia, con carácter previo a su nombramiento, de los responsables de diversos órganos (Fiscalía General del Estado, Presidencia del Consejo de Estado, Dirección General de RTVE) y entes reguladores (CNMV, Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y de la Comisión Nacional de la Energía) y, en general, "los presidentes y miembros de los órganos rectores de cualquier otro organismo regulador y de supervisión", entre los que se encontraría el propio director general de Seguros y Fondos de Pensiones. Los cambios también afectan al régimen de incompatibilidades, en el que se pretende que los altos cargos ejerzan sus funciones con dedicación absoluta y no puedan compatibilizar su actividad con el desempeño de cualquier otro puesto, ya sea de carácter público o privado, por cuenta propia o ajena, por lo que no podrán percibir cualquier otra remuneración. Además, durante los dos años siguientes a la fecha de su cese los altos cargos no podrán desempeñar sus servicios en empresas o sociedades privadas relacionadas directamente con las competencias del cargo desempeñado. No se incurrirá en incompatibilidad cuando la actividad que vayan a desempeñar en la empresa privada "lo sea en puestos de trabajo que no estén directamente relacionados con las competencias del cargo público ocupado, ni puedan adoptar decisiones que afecten a éste". Además, existirán sanciones especiales con apertura de expediente, publicación en el BOE y comunicación especial a la empresa contratante de un alto cargo que incurra en incompatibilidad. Quienes incumplan la normativa serán cesados si aún desempeñan un cargo público, perderán el derecho al cobro de la pensión indemnizatoria y deberán restituir las cantidades percibidas. Además, la empresa contratante dejará de trabajar con las administraciones central, autonómicas y locales si decide seguir adelante con la contratación de un ex alto cargo que infrinja el régimen de incompatibilidad. Asimismo, los altos cargos que infrinjan la norma no podrán ser nombrados de nuevo en un período de entre cinco y diez años. Por último, el Ministerio de Economía y Hacienda presentará una propuesta para que los altos cargos que en estos momentos representan al Estado en los consejos de administración de empresas dejen de percibir dietas por la asistencia a estos consejos.
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