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Los seguros cuyo beneficiario sea un banco no se podrán desgravar

Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Expansión    Sección   Mercado    Número  2
BISS
Fecha
10/01/2000 | 24-01-2000
Página inicial-final
      Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El seguro de amortización de préstamos no se puede deducir de la base imponible ya que el beneficiario es un banco o entidad de crédito. Tampoco se puede desgravar la parte de prima que cubre la incapacidad permanente parcial. Las prestaciones por viudedad u orfandad y las que se reciben por invalidez, si proceden de mutualidades de previsión social, tributarán como rendimientos de trabajo. Incluye cuadro con las contingencias que desgravan y requisitos.
Notas
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Personas
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