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El seguro obligatorio y los daños dolosamente causados

Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
ABC    Sección   Profesionales    Número  4
BISS
Fecha
19/01/2001 | 05/02/2001
Página inicial-final
      Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
En la reciente Ley 14/2000 de 29 de diciembre se ha modificado aclarando que ``no se considerarán hechos de la circulación los derivados de la utilización del vehículo a motor como instrumento de la comisión de delitos dolosos contra las personas y los bienes``. De este modo, no se incluye el dolo en el ámbito material del seguro de suscripción obligatoria.
Notas
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Lugares
Personas
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