La responsabilidad derivada de la utilización de productos pirotécnicos en le desenvolvimiento de espectáculos públicos es una responsabilidad por riesgo, y no por culpa, sin perjuicio de que concurra una responsabilidad por culpa cuando la Corporación no ha observado con toda la diligencia que le es exigible la reglamentación existente en el ámbito de actuación administrativa.