El TS deniega una indemnización por un seguro de crédito al considerar válida la cláusula limitatoria del riesgo asumido por la entidad aseguradora. El caso se refiere al traspaso que una empresa que tenía suscrito un seguro de crédito, hizo a otra entidad financiera, a través de un contrato de factoring, de la gestión del cobro de un crédito, así como de las garantías que acompañaban a éste y del riesgo de no cobrarlo.