Actualidad Aseguradora Sección Especial mediación. De mes a mes Número  AÑO 108; nº 32
Fecha
27/09/1999
Página inicial-final
2 Págs. Totales
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El Tribunal Supremo se ha manifestado sobre un recurso presentado por dos entidades que estimaban que la licencia de actividades que les solicitaba la Concejalía de Distrito no era aplicable a la actividad que realizaban en sus oficinas. La sentencia del Supremo ha establecido que los profesionales sin titulación, para ejercer su actividad, deberán obtener una licencia de apertura de establecimiento mercantil. El fallo del Tribunal también establece la necesidad de realizar una adecuada distinción entre los asesores con y sin titulación.