En esta ponencia se explicó en qué consiste la ley 21/2007. También se indicó que cuando se implantó en el ordenamiento jurídico español este procedimiento, por mandato de la Quinta Directiva de Automóviles, no se tuvo en cuenta que habría que haber modificado la normativa anterior. Así, en la actualidad, hay problemas con la oferta y la respuesta motivada. Conviven los dos procedimientos y muchas veces no se sabe a cuál se debe acudir. No está claro lo que se entiende por reclamación y, en consecuencia, tampoco las entidades aseguradoras saben si deben seguir este procedimiento o no.