Los abogados autores del artículo analizan la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que desestimó el recurso interpuesto por Rafael Callejas contra la resolución de la Dirección General de Seguros que determinaba la incompatibilidad de su actividad como director técnico y gerente de una sociedad de correduría de seguros con la de concejal del Ayuntamiento de Tarrasa, en aplicación estricta del artículo 22.1 de la Ley de Mediación de Seguros.