Analizó, desde el punto de vista jurídico, el papel de empresas de trabajo temporal, las contratas y subcontratas en el aumento de la siniestralidad laboral. Se refiere a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las obligaciones que allí aparecen respecto al trabajador, la empresa y la ETT. También se refiere al reglamento de coordinación entre los distintos empresarios, previsto para el caso de contratas y subcontratas y a la división existente sobre qué jurisdicción es la competente en el caso de accidentes laborales: la civil, la social o, incluso, la penal.