Actualidad Aseguradora Sección Análisis Jurídico Número  39
Fecha
08/12/2003
Página inicial-final
5-6 Págs. Totales
Tipo documento
Descripción física
Resumen
La prestación derivada de un seguro de accidentes cuyo beneficiario es al mismo tiempo el contratante del seguro no está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Si el contratante y beneficiario está casado en régimen de bienes gananciales y las primas del seguro se han pagado con cargo a la sociedad de gananciales la prestación correspondiente también debe tener carácter ganancial.