El Consorcio de Compensación de Seguros cubre los riesgos especiales de los automóviles que las compañías aseguradoras no contemplan como son erupciones volcánicas, inundaciones, terremotos, maremotos, tempestad ciclónica atípica, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, terrorismo, motines, tumultos, sediciones, revoluciones y los hechos y actuaciones de la fuerzas armadas y cuerpos de seguridad en tiempos de paz. El asegurado tiene que abonar siempre un 10% de los daños con un mínimo de 25.000 pesetas y un máximo del 1% del valor venal del vehículo. Una póliza a terceros no da derecho a la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros.