El Estado indemnizará los daños de las heladas de enero no cubiertos por el seguro agrario
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Autor corporativo
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Fuente
BDS Sección Noticias del sector
Fecha
10/02/2005
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Resumen
El `Boletín Oficial del Estado` de 9 de febrero publica el Real Decreto Ley 1/2005, de 4 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños ocasionados en el sector agrario por las heladas acaecidas a lo largo del pasado mes de enero. La normativa establece que serán objeto de indemnización los daños cuantitativos provocados por las heladas en las explotaciones agrícolas que tengan pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados y hayan sufrido sus producciones pérdidas no cubiertas por las líneas de seguros agrarios. Asimismo, también se cubren las producciones que en la fecha de la ocurrencia del siniestro tuvieran abierto el período de suscripción, pero no se hubiese formalizado la correspondiente póliza, "siempre y cuando hubiesen estado asegurados contra el riesgo de helada en las dos campañas anteriores".