La Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, publicada en el BOE el 9 de noviembre, impulsa la formalización de planes de pensiones. Se prohibe el mantenimiento de fondos internos de pensiones, a excepción de las entidades de crédito, las entidades aseguradoras y las sociedades y agencias de valores, previa autorización del Ministerio de Economía. Se obliga a los empresarios a adoptar seguros colectivos de vida, o bien, a formalizar un plan de pensiones para garantizar los derechos de los trabajadores en cuanto a su previsión social. La segunda posibilidad resulta más interesante por su fiscalidad.