La CAM deberá pagar el préstamo de un cliente fallecido por nulidad en el seguro de vida, según Adicae
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Fuente
BDS Sección Entorno
Fecha
11/02/2003
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Resumen
Según una resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) tendrá que devolver las cuotas de un préstamo al hijo de un prestatario fallecido (que fue obligado a suscribir un seguro de vida con la misma entidad, tras solicitar un préstamo personal a la CAM en 1996) y que aparecía como asegurado sin su consentimiento. El fallecido suscribió, a través de la Correduría del Mediterráneo, un seguro de amortización de préstamos con la entidad aseguradora UAP Ibérica y con las garantías de fallecimiento o invalidez absoluta y permanente. En la póliza figuraba como asegurado el hijo, quien no sabía que su padre le había registrado como asegurado y quien además no había firmado el documento para dar su consentimiento. Cuando el prestatario falleció su hijo se dirigió a la aseguradora para que se hiciera cargo del préstamo y la Correduría Mediterráneo le explicó que él, y no su padre, era el asegurado, por lo que debía afrontar los 4.771 euros que faltaban por devolver del préstamo. Tras un escrito de reclamación de Adicae ante la DGS, ésta ha resuelto a favor del denunciante, basándose en el art. 83 de la Ley del Contrato de Seguro que establece que "en los seguros para caso de muerte, si son distintas las personas del tomador del seguro y el asegurado, será preciso el consentimiento de éste, dado por escrito, salvo que pueda presumirse de otra forma su interés por la existencia del seguro".
Notas
Con respecto a esta noticia, existe una carta enviada a la redacción del BDS y una contestación de la misma. Ambas se publicaron en el BDS de 12/02/2003