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La vía hacia dos categorías de abogados

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Expansión
BISS
Fecha
03-05-96
Página inicial-final
      Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
Los nuevos colegiados, dados de alta después del 10 de noviembre de 1995, que ejerzan por cuenta propia podrán acogerse a la Mutualidad General de Previsión Social de la Abogacía o al RETA, los restantes cotizaran por la Seguridad Social. Los letrados antiguos podrán optar por la mutualidad y el RETA.
Notas
Lugares
Personas
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