La sentencia declara la responsabilidad civil subsidiaria de la aseguradora del agente condenado por estafa y falsedad, dada la `garantía` que suponía la estructura y la apariencia, real, de que éste actuaba bajo el paraguas de aquella. Esta apariencia lleva al Tribunal Supremo a considerar que la actividad desplegada por el acusado, no corregida ni vigilada suficiente para la aseguradora, convierte a ésta en responsable civil al amparo del art. 120.4 CP.
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