Incapacidad temporal. Tráfico. Días impeditivos. En la Ley 8/2004, en la redacción dada por la Ley 21/2007, tabla V, nota 13, consta que `se entenderá por día de baja impeditivo aquel en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual. Así, los días impeditivos, no son hasta el alta del servicio de urgencias, sino hasta que el equipo de evaluación de incapacidades no le da el alta laboral.
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