Daños producidos por la explosión derivada de la utilización del producto denominado KEIROC para desinsectar una vivienda. Los daños se produjeron como consecuencia de la inadecuada manipulación del producto por parte de quien lo compró. Los vendedores ni han incurrido en, ni se les puede imputar, una conducta culposa, imprudente o negligente, pues se han limitado a proporcionar un producto de libre venta, autorizado y homologado, que constituye el objeto lícito de su actividad, y ésta aparece totalmente desligada de la correcta o incorrecta utilización posterior que pudiera haber hecho del mismo quien lo compró debidamente informada del producto y de su peligrosidad. La venta no comporta en sí misma negligencia, y los daños ocasionados no son la consecuencia lógica y natural de la acción de vender. Consecuentemente, no existe responsabilidad del vendedor. Tampoco del fabricante ni de la Administración. Información en la etiqueta del producto.