Seguro de responsabilidad civil. Accidente aéreo, normativa europea aplicable y utilización orientativa del baremo de accidentes bajo el prisma de la total indemnidad.
Esta sentencia resuelve diversos aspectos de gran interés por la casuística que tratan en materia de derecho de seguros y responsabilidad civil, que se suscitan como consecuencia de la acción directa ejercitada por algunos de los perjudicados por el grave y fatal accidente de aviación que tuvo lugar el año 2008, frente a la aseguradora con quien tenía suscrito seguro de responsabilidad civil la compañía aérea, y a la que resulta de aplicación la normativa recogida en el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, y en el Reglamento (CE) n.° 2027/1997 del Consejo de 9 de octubre de 1997, modificado por el Reglamento (CE) n.º 889/2002, de 13 de mayo de 2002, y que responde al criterio de la total indemnidad en la indemnización de la muerte y lesiones corporales de los pasajeros causados en accidente producido a bordo de la aeronave o durante cualquiera de las operaciones de embarque o desembarque.
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