Inexistencia de intromisión ilegítima en la imagen de una menor por un medio de comunicación que contaba con el consentimiento de la madre para la publicación de las imágenes en la página web.
No constituye intromisión ilegítima en la propia imagen de un menor la publicación de sus imágenes cuando se cuenta con el consentimiento de uno de sus progenitores y un tercero de buena fe puede resumir que dicho progenitor actúa con el consentimiento expreso o tácito del otro.
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