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Inexistencia del delito de abandono de los servicios sanitarios pero sí de uno de lesiones por imprudencia
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
1
Fecha
01/01/2021
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
2
Formato
Página inicial-final
52-53
Notas internas
Notas
Resumen
La Audiencia Provincial viene a precisar el alcance del delito de abandono de asistencia sanitaria o abandono de los servicios sanitarios del art. 196 CP, entendiendo que, para su comisión, deben desarrollarse actuaciones en el personal sanitario que supongan una negativa al auxilio del paciente o incumplimiento de las instrucciones pautadas por otro personal sanitario.
Entidades
Lugar/es
Personas
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