La valoración del perjuicio estético será en el momento de consolidarse las secuelas (estabilidad lesional) y será compatible la puntuación de perjuicio estético con el coste de la cirugía plástica, sin que ello implique un enriquecimiento injusto para la víctima. Se trata de un daño moral que se resarce al margen de que la cirugía reparadora lo elimine.
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