Accidente de circulación. Atropello de peatón. Indemnización. Determinación del período de incapacidad, que concluye cuando las posibilidades terapéuticas para curar o mejorar el estado de salud del perjudicado se agotan, aunque no se hubiera producido la total curación. Falta de acreditación en el caso de un tratamiento curativo durante el período total solicitado por la lesionada, lo que determina su reducción. Limitación del importe de los gastos médicos, al constar la existencia de enfermedades degenerativas cuyo tratamiento se excluye por falta de relación causal con el atropello. Intereses moratorios. Régimen jurídico aplicable y doctrina jurisprudencial en la materia. Carácter penitencial de los mismos, por tener la finalidad de compensar al perjudicado de la tardía recepción de la indemnización. En el caso, se imponen a la aseguradora demandada, al no concurrir causa que justifique el impago o la consignación, al menos, del importe mínimo, no considerándose como tal la controversia sobre la forma de cuantificar el daño, la existencia de un proceso o la iliquidez de la indemnización.