Se concluye que, existiendo una vulneración de un derecho fundamental, pues la nulidad de despido del actor lo es por el hecho de estar con una reducción de jornada por cuidado de un menor con lo que se viola el derecho de conciliación familiar y laboral del trabajador, procede la fijación automática de la indemnización de daños y perjuicios por daño moral.
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