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Seguro de responsabilidad civil mientras que la reclamación efectuada frente al causante interrumpe la prescripción frente a la aseguradora, la realizada únicamente frente a la aseguradora no interrumpe frente al asegurado.
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
10
Fecha
01/11/2023
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
5
Formato
Página inicial-final
52-56
Notas internas
Notas
Resumen
En el presente caso, se ejercita una acción de responsabilidad civil extracontractual por la parte perjudicada, reclamando daños derivados de unas obras ejercitadas por una UTE formada por dos empresas, así como frente a la aseguradora de una de ellas.
Entre la ocurrencia del siniestro y la interposición de la demanda se remitieron, por parte de las perjudicadas, reclamaciones extrajudiciales para interrumpir la prescripción, si bien, los tres primeros años sólo se enviaron frente a la UTE, mientras que las posteriores sólo se enviaron frente a la aseguradora.
Entidades
Lugar/es
Personas
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