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Sentencia de la Sala 1ª del TS de 8/3/2021
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Reseñas
Número
6
Fecha
01/06/2021
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
1
Formato
Página inicial-final
77
Notas internas
Notas
Resumen
Compraventa de viviendas para uso residencial. Ley 57/1968. El banco avalista también responde cuando el incumplimiento de la promotora consiste en no entregar la vivienda libre de cargas como se había obligado. Reiteración de doctrina jurisprudencial.
Entidades
Lugar/es
Personas
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