La Sentencia comentada corrige la aplicación del tipo penal de injurias leves a un periodista que informó sobre hechos de relevancia pública usando fuentes policiales. Una vez sentado que el artículo periodístico implicó un uso legítimo de la libertad de información, no se realiza ponderación alguna con el derecho al honor del aludido, demostrándose así que la tesis de la prevalencia de la libertad de información sigue manteniéndose en la línea dominante de la jurisprudencia constitucional.