La sentencia contiene una interesante exposición acerca de la teoría del riesgo y su aplicación a los accidente sufridos por los usuarios de servicios ferroviarios, dejando sentado que no es posible sustentar la condena al titular de la actividad ferroviaria sobre la única base del riesgo. Esta declaración va a suponer en el supuesto enjuiciado la exoneración de la entidad demandada al no haberse constatado que las instalaciones donde ocurrió el siniestro supusieran alguna merma a la seguridad de los usuarios.
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