Para poder exigir el pago de las indemnizaciones impuestas por los dictámenes de los órganos de los tratados de derechos humanos de Naciones Unidas, la vía procedente es la responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia, sea por funcionamiento anormal, sea por error judicial. Si los tribunales ordinarios inadmiten la demanda por la elección inadecuada de la vía procesal a seguir, vulneran el derecho fundamental de acceso a la jurisdicción.