Edurne sufrió dos accidentes de circulación, el primero el 8 de abril de 1995 y el segundo el 3 de noviembre de 1997, que le causaron daños personales de diversa consideración. Por el primer accidente se siguió juicio de faltas en el que se condenó al conductor contrario y se declaró civilmente responsable a su aseguradora Plus Ultra (actualmente Groupama). Sin embargo, esta condena no comprendió las secuelas sufridas por la víctima, respecto de las cuales hizo expresa reserva de acciones civiles. Por el segundo accidente se siguió también juicio de faltas que finalizó con sentencia absolutoria y auto de cuantía máxima a favor de la perjudicada y a cargo de la compañía Catalana (actualmente Seguros Catalana Occidente, S.A.), que fue ejecutado y originó el pago de la indemnización reconocida por secuelas e incapacidad permanente parcial. En la demanda que da origen al presente procedimiento, la víctima reclamó a ambas aseguradoras una indemnización por las secuelas derivadas de los dos siniestros, más intereses legales de demora al tipo del 20% desde la fecha en que ocurrieron.