El perjudicado solicita la condena a la entidad aseguradora de los intereses del artículo 20 LCS, al no haber reconocido en la indemnización por fallecimiento la convivencia con su padre fallecido, a pesar de haberse aportado un certificado de convivencia emitido por el ayuntamiento. Se desestima el recurso del perjudicado.