La sentencia, que desestima el recurso del arquitecto técnico, reprocha en primer lugar que se hayan esgrimido en el recurso preceptos incompatibles, como son el art. 1591 CC y el 17 LOE, dado que, por razones de temporalidad, atendiendo a la fecha de solicitud de la licencia constructiva, debería aplicarse, en todo caso, y únicamente la LOE. Se rechaza también la invocación del art. 1902 CC, regulador de la responsabilidad extracontractual.
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