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Se declara nula la cláusula que, sin mayor precisión, excluya la cobertura a las enfermedades ya existentes antes de la contratación de la póliza
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
2
Fecha
01/02/2021
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
6
Formato
Página inicial-final
43-50
Notas internas
Notas
Resumen
El objeto de esta sentencia es determinar si es conforme a derecho el acuerdo de la DGSFP que requirió a una aseguradora a la modificación de una cláusula de la póliza de salud, por entender que la misma -examinada en abstracto-, posibilitaba el rechazo de un siniestro que tuviera su origen, aún indirecto y remoto, en enfermedades, lesiones, dolencias, estados, condiciones de salud, accidentes y sus consecuencias y secuelas, de origen anterior a la fecha de inclusión del asegurado en la póliza, de forma que su aplicación podría producir un desequilibrio en los derechos y obligaciones asumidos por las partes, y por tanto, sería contrario a lo regulado sobre el deber de declaración del riesgo por el tomador establecido por el artículo 10 LCS.
Entidades
Lugar/es
Personas
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