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Responsabilidad del titular de la actividad de rocódromo. Lesiones sufridas por un usuario al no disponer de un arnés adecuado de sujeción.
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
11
Fecha
01/12/2021
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
2
Formato
Página inicial-final
40-41
Notas internas
Notas
Materia/s
Resumen
El autor estudia una sentencia en la que el TS concluye que la causa material del daño sufrido por el demandante fue la negligencia en la que incurrió la empleada de un rocódromo, por no asegurarse de que el arnés que le colocó se hallaba debidamente ajustado. Señala la Sala que, si bien es cierto que trepar por el rocódromo implica ciertos riesgos típicos o específicos, éstos se vieron manifiestamente agravados por el comportamiento descuidado de la empleada, en cuyo caso la asunción de riesgo por parte de la víctima resulta totalmente indiferente y el daño deberá ser íntegramente resarcido por su causante.
Entidades
Lugar/es
Personas
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