Análisis de la sentencia del proceso en el que un viajero sufre un accidente dentro de las instalaciones de Renfe y demanda a la empresa por los daños sufridos. La sentencia recuerda que la responsabilidad derivada del art. 1902 CC exige la existencia de una culpa o negligencia. Ahora bien, incluso en el caso de aplicarse la teoría del riesgo para atenuar la exigencia de la culpa, ésta podría ser aplicable a RENFE como titular de la relación de transporte, pero no al Factor de la estación, pues no es éste quien crea el riesgo.