La presente Sentencia analiza el frecuente supuesto en el que tras la producción de un siniestro cubierto por una póliza de seguros se acude al procedimiento regulado en el art. 38 de la Ley 50/1980 de 8 de octubre de Contrato de Seguro para determinar el quantum indemnizatorio, resultando un informe pericial en el que una de las partes no esta de acuerdo, surgiendo la duda de qué recurso cabe contra el mismo y sobre la asimilación a un laudo arbitral. Ante dicha situación, se discute la nulidad del informe pericial, alegando la parte demandada, el asegurado, la similitud con un laudo arbitral y por tanto su firmeza.
Entidades
Lugar/es
Personas
Descarga archivo
Regístrate gratis o entra con tus claves para ver las opciones de descarga XXXXXXX 598 SOCIOS