Accidente de circulación. Atropello de peatón. Concurrencia de culpas. No puede determinarse la culpabilidad exclusiva del peatón, que exima de responsabilidad al conductor del vehículo. Si bien la irrupción del menor en la calzada fuera de un paso de peatones, fue una causa importante en el accidente, el conductor no extremó todas las medidas de seguridad posibles, atendiendo a la velocidad a la que circulaba, inadecuada ante la previsible irrupción de peatones en la calzada, lo que le hubiera permitido reaccionar a tiempo, y evitar el accidente o al menos disminuir sus graves consecuencias. Indeminzación. La incapacidad permanente padecida por el menor a consecuencia del accidente, debe valorarse de acuerdo al informe de la médico forense, el cual se considera más imparcial. En cuanto al resto de conceptos, no puede accederse al importe reclamado por audífonos y moldes adaptadores, debido a que la hipoacusia era previa al accidente y no ha quedado acreditado que éste haya agravado el padecimiento. No puede accederse a los gastos de comidas de los acompañantes del menor durante su estancia en el hospital, pues figuran a nombre de una persona no es parte en este procedimiento. Sí se estiman los gastos correspondientes a combustible, aparcamiento y desplazamiento en autobús incurridos, al encontrarse el hospital en una localidad diferente del lugar de residencia de la víctima.