Se plantea en este artículo: 1. ¿Quién debe hacerse cargo de la indemnización por daños y perjuicios que ocasione un vehículo que ha sido sustraído ilegítimamente a su dueño? 2. ¿Qué consecuencias jurídicas prevé la ley de responsabilidad civil cuando la sustracción es calificada como hurto y no como robo? 3. ¿Es necesario esperar a que la jurisdicción penal se pronuncie sobre los hechos para poder aplicar la distinción jurídico penal que establece el precepto?