Día inicial del cómputo del plazo de ejercicio de la acción. Interrupción de la prescripción. En los daños corporales el inicio del plazo de prescripción se produce cuando los menoscabos están consolidados. Mientras se dispensaba atención médica a la actora, existían expectativas razonables de mejoría o curación. Que un perito médico, posteriormente y a los efectos de valorar el daño corporal sufrido, fije con anterioridad la fecha de estabilización de las lesiones en atención al curso evolutivo de las mismas constatado en el tratamiento médico dispensado a la lesionada, no es determinante a los efectos de fijación del día inicial de la prescripción. Existe interrupción de la prescripción por reclamación extrajudicial mediante burofax.
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