Comentario de la sentencia donde se dice que acusar sin pruebas en un sitio web a un personaje público de estar relacionado con la corrupción de la asociación que apadrina y llamarle indirectamente “descerebrado” son insultos innecesarios, no cubiertos por el derecho fundamental a la libertad de expresión. Sin embargo, resulta desproporcionado obligar a quien realizó estas acusaciones a difundir la sentencia condenatoria de instancia en tres diarios de tirada nacional.
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