No se ha acreditado que los gastos de transporte cuyo pago reclama tengan su origen en el siniestro enjuiciado, ni la necesidad de utilizar esos medios de transporte, y tampoco ha acreditado que en la caída se dañaran el casco y las prendas que afirma que llevaba puesto en el momento de la caída ni que el valor de estos en el momento del siniestro ascendieran a la cantidad que reclama. Se desestima el recurso del perjudicado.