Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, sección segunda, sentencia de 9 de enero de 1999: No procede conceder efecto-liberatorio pleno a una renuncia de derechos y transacción consiguiente, fundada en una incorrecta formación del consentimiento, como se aprueba por la aparición de circunstancias sobrevenidas (aparición de secuelas) pero ya existentes, ocultas, en el momento en que se tasó