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Exigencia de buena fe en el acreedor que reclama responsabilidad de Administradores por deudas sociales
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/09/2009
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
41-44
Formato
Página inicial-final
Notas internas
Notas
Resumen
La Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2009 se alinea con una corriente juriprudencial, que no se había reproducido con frecuencia en los últimos tiempos, favorable a la desestimación de demandas de responsabilidad de administradores por deudas sociales (en ejercicio de la acción derivada de los arts. 260 y 262.5 LSA, que obliga a promover la disolución de la sociedad anónima por pérdidas graves) si el acreedor-demandante no actúa de buena fe: en el caso concreto, cuando éste contrata con pleno conocimiento de la situación de insolvencia de la sociedad deudora.
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