Sentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 22 de enero de 1999: Seguro de Responsabilidad civil, multirriesgo de pequeña y mediana empresa. Interpretación de la póliza: deberá prevalecer lo apreciado inicialmente por la Audiencia. Se excluye toda responsabilidad civil por daños ocasionados por personas que no tengan relación de dependencia con el asegurado y de cuya actividad se sirva en el ejercicio de la suya, así como los subcontratistas y sus dependientes. Las normas o reglas interpretativas contenidas en los artículos 1281 a 1289, ambas inclusive, del Código Civil, constituyen un conjunto o cuerpo subordinado y complementario entre sí, de las cuales tiene rango preferencial y prioritario la correspondiente al primer párrafo del artículo 1281, de tal manera que si la claridad de los términos no deja duda sobre la intención de las partes no cabe la posibilidad de que entren en juego las restantes que vienen a funcionar con el carácter de subsidiarias respecto de la que preconiza la interpretación literal.