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Interrupción del plazo prescriptivo por acto de tercero interesado aunque no sea el propio perjudicado
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
1994
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
580
Formato
Página inicial-final
Notas internas
Notas
Materia/s
Resumen
Prescripción. Interrupción del plazo por acto de tercero interesado aunque no sea el propio perjudicado. Reclamación subsidiaria contra uno de los deudores solidarios: tal reclamación es conforme con el art. 1144 del Código Civil. Responsabilidad civil del anestesista al incurrir en falta de diligencia en su función.
Entidades
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