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La responsabilidad por los productos defectuosos, cuando productor y distribuidor pertenecen al mismo grupo de empresas
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil | Boletín de Novedades - Doctrina
Número
7 | 1270
Fecha
01/07/2021
Fecha Fuente Secundaria
16/07/2021
Páginas totales
24
Formato
Página inicial-final
6-33
Notas internas
Notas
Resumen
El presente trabajo realiza un estudio de quién responde civilmente por los daños derivados de productos defectuosos y ello a través del análisis de la Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo, núm. 448/2020, de 20 de julio.
Partiendo de la particularidad de que productora y distribuidora son empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial, se llega a la conclusión de que ello no implica por sí la responsabilidad de ambas, pues, estando identificado el productor, será el juez quien deba valorar el vínculo que permita considerar que éstas integrarían conjuntamente el concepto de productor, no por la titularidad jurídica de las empresas, sino por la implicación de las mismas en las funciones propias de la fabricación del producto.
Entidades
Lugar/es
Personas
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