Equiparación de las pensiones de la Mutualidad de la Abogacía y de la Seguridad Social
Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Actualidad Aseguradora Sección Análisis Jurídico Número  22
Fecha
12-06-2006
Página inicial-final
2 Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
Consulta vinculante a la Dirección General de Tributos. El consultante sufrió un accidente que le ocasiona una invalidez permanente absoluta que le impide ejercer su profesión de abogado. Por tal motivo, la Mutualidad de la Abogacía le reconoce una prestación fija mensual. También percibe de la Mutualidad un capital por invalidez permanente absoluta ya que tenía concertado un seguro de accidentes con la misma. La cuestión que plantea es si se considera renta exenta en su totalidad la prestación mensual por invalidez absoluta, por no sobrepasar la prestación máxima que reconoce la Seguridad Social para la prestación por incapacidad permanente absoluta y si se considera renta exenta en su totalidad el capital por invalidez absoluta percibido en un único pago derivado del seguro de accidentes.