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Falta de reclamación previa en la vía administrativa
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
1997
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
715
Formato
Página inicial-final
Notas internas
Notas
Resumen
Falta de reclamación previa en la vía administrativa. No es admisible la excepción prevista en el art. 533.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando consta documentalmente que el interesado puso en conocimiento del Ayuntamiento los daños que se habían irrogado así como su pretensión indemnizatoria, puesto que con ello resulta notoriamente cumplida la finalidad protegida por la referida excepción procesal.
Lugar/es
Personas
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